España - Tribunal Supremo, recurso de casación, 23 de febrero de 105 (recurso núm. 2944/2014)

ECRE is currently working on redeveloping the website. Visitors can still access the database and search for asylum-related judgments up until 2021.

País de la Sentencia:
País del Solicitante:
Número de Registro de la Sentencia:
23-02-2015
Número de Registro de la Sentencia:
Tribunal Supremo, recurso de casación de 23 de febrero de 2015, recurso núm. 2944/2014
Nombre del Tribunal:
Tribunal Supremo, Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección Tercera
National / Other Legislative Provisions:
Spain - Constitution - Art 15
Spain - Constitution - Art 10(2)
Spain - Constitution - Art 17
Spain - Constitution - Art 117(3)
Spain - Article 9.a)
Act 12/2009
of 30 October
regulating the Right of Asylum and Subsidiary Protection
Spain - Articles 88.1.c) and d) and 95.2.d)
Act 29/1998
of 13 July
regulating the Administrative Jurisdiction
Spain - Act 1/2000
of 7 January
of the Civil Procedure Article 218
Act 1/2000
of the Civil Procedure Article 271
Printer-friendly versionPrinter-friendly versionPDF versionPDF version
Extracto: 

El Tribunal Supremo concluyó que la Audiencia Nacional habría errado al anular la resolución administrativa del Ministerio de Interior en la que se denegaba la solicitud de asilo del recurrente. En este sentido, la Audiencia Nacional anuló la resolución pero no admitió la pretensión principal del recurrente; la solicitud del reconocimiento de asilo. 

Hechos: 

El recurrente recurrió una resolución de la sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional (la “Audiencia Nacional”), en la que ésta anulaba la resolución administrativa del Subsecretario del Interior que rechazaba la solicitud de asilo del recurrente pero no concedía la petición de asilo. En cambio, la Audiencia Nacional delegó en el Ministerio del Interior la responsabilidad de reconsiderar la solicitud del recurrente. Éste decidió recurrir la decisión de la Audiencia Nacional ante el Tribunal Supremo.

Fundamentos de Derecho: 

El Tribunal Supremo concedió al recurrente el reconocimiento de asilo basándose en lo siguiente:

(i)      El Recurrente relató de forma coherente y suficiente la persecución sufrida y aportó varios documentos incluyendo informes de Amnistía Internacional y Human Rights Watch como apoyo a su relato.

(ii)    de acuerdo con la jurisprudencia española anterior, ante las pruebas de la persecución que el recurrente había sufrido, no era necesaria una prueba plena acerca del temor fundado a padecer una persecución;

(iii)   otras personas cuyo caso era similar al del recurrente han recibido asilo en diferentes países; y

(iv)  diversos testigos proporcionaron ejemplos sobre la falta de respeto a los derechos humanos en Kazajistán.

El Tribunal Supremo consideró irrelevante que la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ya hubiese aceptado la extradición pasiva del Recurrente.

A la luz de estas consideraciones, el Tribunal supremo admitió el recurso y concluyó que la Audiencia Nacional debía haber considerado la solicitud de protección internacional del recurrente ya que éste disponía de las pruebas requeridas.

Fallo: 

Recurso admitido y solicitud de asilo aceptada.

Comentarios/Observaciones: 

This case summary was written by Linklaters LLP.

Otras Fuentes citadas: 

Resolución del Parlamento Europeo, de 18 de abril de 2013, sobre la situación de los derechos humanos en Kazajistán.

Informes de Amnistía Internacional, Human Rights Watch y Diálogo Abierto (odfoundation) relativos a la situación en Kazajistán

Case Law Cited: 

Spain - Spanish High Court (“Audiencia Nacional”), Administrative Chamber, Section 2, 17 July 2014, Appeal 405/2013

Spain - Supreme Court, 3 February 2015, Cassation Appeal 1394/2013